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Population: (Source: CIA World Factbook
1999)
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Spain
Country Contact: Francisco Montoya
Many thanks to the United Nations Commission on
Sustainable Development, the source of the following
information. The information was taken from Spain's
submission to the 5th and 7th Sessions of the Commission on
Sustainable Development (last update: May 1999). For further
information on Spain's social and economic factors, natural
resources, and institutional structures see the United
Nations System-Wide Web Site on National Implementation of
the Rio Commitments National Information for Spain at OCEANOS Y ZONAS COSTERAS ADOPCIÓN DE DECISIONES a. Para la ordenación integrada y desarrollo sostenible de las zonas costeras, incluida la evaluacion del impacto ambiental de las actividades que afectan las zonas costeras y las zonas marinas: El Ministerio responsable en España de estos temas es el Ministerio de Medio Ambiente, en particular, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental es la responsable de los estudios de impacto ambiental, y de los temas internacionales relacionados con el desarrollo sostenible. La Dirección General de Costas es responsable de la Gestión Costera Integrada. La Comunidades Autónomas aplican la normativa y desarrollan los Programas en el marco de sus competencias. b. Para la protección del medio marino de los efectos de actividades terrestres y actividades marítimas (por ejemplo, eliminación de aguas residuales, desechos agrícolas y efluentes industriales, descargas del lastre de los barcos, derrames de petróleo, etc: En España, los temas relacionados con la
protección del medio marino frente a las actividades
y la contaminación de procedencia terrestre es
responsabilidad de las Comunidades Autónomas dentro
de las aguas territoriales. El Ministerio de Fomento (su
Dirección General de la Marina Mercante) es
responsable de la c. Para el aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos marinos vivos (de la alta mar y sujetos a la jurisdicción nacional): En alta mar y aguas bajo jurisdicción nacional el organismo responsable es la Secretaría General de Pesca Marítima, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.En aguas interiores son responsables los Gobiernos de las distintas Comunidades Autónomas. La Conferencia Sectorial de Medio Ambiente es un organismo que facilita la coordinación entre las Comunidades Autónomas y la Administración Central. Igualmente, existen diferentes mecanismos que aseguran la coordinación interdepartamental para temas específicos. Además cuando así se requiera, las Comunidades Autónomas podrán participar en el Comité Consultivo del Sector Pesquero, creado por Orden de 10/6/98. El Ministerio de Medio Ambiente y los diferentes Departamentos aseguran la coordinación necesaria con el sector privado y con las Organizaciones No Gubernamentales para asegurar la aplicación de los programas. Legislación, reglamentos e instrumentos de política a. Ordenación integrada y desarrollo sostenible de las zonas costeras, incluida la evaluación del impacto ambiental de las actividades que afectan las zonas costeras y las zonas marinas. La Ley de Costas y la Ley Básica de Impacto Ambiental son dos herramientas para implementar el desarrollo sostenible en España. La Ley de Impacto Ambiental se está revisando para adaptarla a la directiva de la Unión Europea, aprobada en 1997. b. Protección del medio marino de los efectos de actividades terrestres y actividades marítimas (por ejemplo, la eliminación de aguas residuales, desechos agrícolas y efluentes industriales, descargas del lastre de los barcos, derrames de petróleo, etc). España aplica los acuerdos que se van adoptando en los diferentes foros internacionales: Convenio de Oslo y París, Convenio de Barcelona, Convenio de Londres, Normativa de la Unión Europea, MARPOL, etc. c. Aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos marinos vivos (de la alta mar o sujetos a la jurisdicción nacional). La legislación española en materia de uso sostenible y conservación de los recursos vivos se deriva fundamentalmente de la reglamentación comunitaria al respecto, ya que la gestión y conservación de los recursos es competencia exclusiva comunitaria, así como la adhesión de España a la mayoría de Acuerdos Internacionales y Organismos Multilaterales para la Conservación y gestión de los recursos vivos marinos Las Comunidades Autónomas han establecido diferentes Códigos de Buenas Practicas Agrícolas. Se están desarrollando acuerdos voluntarios entre la Administración y la industria en sectores relevantes de la actividad. España está aplicando la Directiva de la Unión Europea sobre "Control Integrado de la Contaminación", que incluye la aplicación de las Mejores Técnicas Disponibles. España adoptó las "Líneas Directrices para la Gestión del Material de Dragado" del Convenio OSPAR y de Londres y las aplica en los puertos, tanto de la vertiente Atlántica como Mediterránea. España es líder dentro del Convenio OSPAR en la preparación de unas líneas directrices para la construcción de arrecifes artificiales. Estrategias, políticas y planes a. Ordenación integrada y desarrollo sostenible de las zonas costeras, incluida la evaluación del impacto ambiental de las actividades que afectan las zonas costeras y las zonas marinas. La estrategia en este campo es minimizar los impactos, a través de los Estudios de Impacto Ambiental y restringir las actividades con potenciales impactos negativos. Los municipios aplican los Planes de Ordenación que incluyen la gestión sostenible de las zonas costeras. La Ley de Costas regula la ocupación urbanística de la zona costera mediante restricciones al uso. b. Protección del medio marino de los efectos de actividades terrestres y actividades marítimas (por ejemplo, eliminación de aguas residuales, desechos agrícolas y efluentes industriales, descargas del lastre de los barcos, derrames de petróleo, etc.). España adoptó, en el marco del Convenio de Barcelona el Programa Estratégico para la Protección del Medio Ambiente Marino frente a Fuentes y Actividades Terrestres. También adoptó, en el marco del Convenio de Oslo y París para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico Nororiental las Estrategias sobre sustancias peligrosas, eutrofización, sustancias radiactivas y sobre la protección de los ecosistemas y la diversidad biológica. España dispone de un plan de tratamiento de aguas residuales, acorde con las diferentes directivas de la Unión Europea. c. Aprovechamiento sostenible y conservación de los recursos marinos vivos (de la alta mar y sujetos a la jurisdicción nacional). La Secretaría General de Pesca Marítima establece la política nacional en materia de conservación y gestión de los recursos vivos marinos, en el marco de la Política Pesquera Común de la Unión Europea y de conformidad con las decisiones y recomendaciones de los Organismos Multilaterales y Regionales de Pesca de los que España es miembro. Dentro del Plan Sectorial de Pesca, se destina un ámbito para zonas marinas costeras, que tiene como fin, la realización de inversiones en reservas marinas costeras, arrecifes artificiales o repoblaciones con objeto de proteger, regenerar o desarrollar recursos de interés pesquero, entre los que indudablemente se encuentran los biotopos considerados como frágiles o inestables (praderas de fanerógamas marinas como ejemplo de especial interés). Con respecto a las zonas húmedas costeras, todas están protegidas por La Ley de Costas, ya que están incluidas en el Dominio Público Marítimo-Terrestre y son propiedad pública. La Dirección General de Conservación de la Naturaleza está elaborando un nuevo Plan Estratégico para la Gestión de Zonas Húmedas. En el territorio español no se encuentran ni arrecifes de coral ni manglares. Se ha aprobado una estrategia nacional para la protección de la diversidad biológica, que incluye la biodiversidad marina. También dispone de una red de espacios protegidos, en cumplimiento de la normativa de la Unión Europea. Programas principales España aplica los Programas de uso sostenible y conservación de los recursos vivos marinos que establece la Política Pesquera Común de la Unión Europea, así como de los Organismos Multilaterales que regulan las áreas en las que ejerce su actividad la flota española y de las que España forma parte. La Dirección General de Costas tiene programas específicos en relación con sus responsabilidades. Los Gobiernos Autonómicos también tienen sus Programas referidos a la Zona Costera para dar satisfacción a sus responsabilidades. España dispone de una Ley de Impacto ambiental que actualmente está en revisión. Participación de grupos principales en el proceso de adopción de decisiones En relación con la gestión y conservación de recursos marinos, la Administración española trabaja en estrecha relación con el sector pesquero, habiéndose creado, mediante Orden de 10 de junio de 1998 el Comité Consultivo del Sector Pesquero, que integra representantes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y del Sector pesquero, tanto empresarios como trabajadores, previéndose asimismo la incorporación de otras Administraciones o de especialistas de prestigio contrastado cuando resulte conveniente. Cualquier persona puede participar en la toma de decisiones a través del mecanismo de participación pública, información pública de los Departamentos y Agencias. Normalmente las Organizaciones No-Gubernamentales y las Autoridades Locales participan en estos procedimientos. En España se creo el Consejo Asesor de Medio
Ambiente, órgano consultivo en que están
incluidos las Organizaciones no gubernamentales, sindicatos
y otras organizaciones de carácter social. SITUACIÓN La Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar fue firmada por España en 1982 y ratificada en 1996. La Comunidad Europea tiene la competencia en materia de gestión y conservación de los recursos pesqueros sometidos a la jurisdicción nacional de los Estados Miembros. La Política Pesquera Común tiene como objetivo general, la protección y conservación de los recursos, según se recoge en el Reglamento CE/3760/92 del 20 de diciembre de 1992. A tal fin, se establece un régimen comunitario de gestión de las actividades de explotación de las distintas zonas pesqueras. La reglamentación comunitaria es de obligado cumplimiento para los Estados Miembros. Las actividades de control de las Autoridades españolas se dirigen fundamentalmente a la inspección y vigilancia pesquera en aguas bajo jurisdicción española y en zonas de alta mar. Por último se destaca la investigación científica y pesquera desarrollada por el Instituto Español de Oceanografía y el Consejo Superior de Investigaciones Científicas como elemento fundamental de una política de proteccion y conservación de los recursos. En España las poblaciones en la zona costera son muy importantes, acogiendo la mayor densidad demográfica. La población activa del sector pesquero en España se ha reducido en los últimos 10 años de 114.000 personas ocupadas en 1986 a 68.000 en 1996. El factor multiplicador en el sector transformación es de 6, si bien dichas personas no habitan necesariamente el área costera. Areas urbanas (ciudades y zonas turísticas) 40% Puertos 70% Industrias 3% Agricultura 8% El turismo es una actividad muy importante en España, con más de 40 millones de turistas en el último año, turismo que se concentra fundamentalmente en la costa mediterránea. La exploración y explotación de hidrocarburos es mínima, disponiendo únicamente de cinco plataformas offshore, una en la Comunidad Autónoma Vasca, otra en la Catalana y tres en la andaluza (sumergidas). Las concentraciones industriales están localizadas en el área de Barcelona-Llobregat, Valencia, Cartagena, Huelva, Pontevedra-Vigo y Coruña, Torrelavega y País Vasco (Bilbao), disponiendo tanto de industria química, refino de petróleo, portuaria, alimentación, textil, etc. El sector pesquero contribuye con el 0.8 - 1 % al PIB español. La política pesquera común en su globalidad y consecuentemente la política pesquera española tienen como objetivo fundamental el aprovechamiento sostenible y la conservación de los recursos pesqueros. Como elementos de la política española en materia de Pesca Marítima se señalan: - La existencia de un Plan Sectorial de Pesca que tiene como finalidad adecuar las capacidades de pesca a los recursos. - La existencia de una política de reservas marinas y áreas protegidas (arrecifes artificiales). - El desarrollo de un Sistema de Información Geográfica para una mayor gestión de la actividad pesquera. En el ámbito legislativo, la recientemente
aprobada Ley de Régimen de Control para la
protección de los Recursos Pesqueros constituye un
medio efectivo de promoción del uso sostenible de los
recursos, que será complementada de manera más
amplia, por la Ley sobre Pesca Marítima que se
prevé sea aprobada en Para el área del Mediterráneo, España estableció en 1997, mediante el Real Decreto 1315/97, una zona de protección pesquera en el Mediterráneo, con el objetivo de mejorar la conservación y la gestión de los recursos pesqueros en la zona. Finalmente se citan las campañas promocionales institucionales cuyo objetivo es promover la pesca responsable, por la vía de promover un consumo responsable. Entre ellas se destacan: - Campañas publicitarias para la protección de especies de talla no reglamentaria. - Campañas de incentivación al consumo de pescado capturado con artes tradicionales. España dispone de dos zonas con un alto
tráfico marítimo, se trata de la zona de
Finisterre y de Gibraltar. Se han dispuesto de muy avanzados
sistemas de control que permiten controlar la mayor parte de
este tráfico. Otras zonas sensibles son los puertos
más importantes: Barcelona, Valencia, Algeciras,
Huelva, Coruña y El mayor impacto de las industrias costeras y marinas sobre el desarrollo sostenible de las zonas costeras lo constituye la descarga de aguas usadas urbanas e industriales, las emisiones a la atmósfera industriales y del tráfico, el deterioro físico debido a la ocupación excesiva en algunos casos para uso turístico, el aporte de pesticidas y nutrientes derivados de la actividad agrícola. La aplicación de la normativa sobre contaminación y de los planes de ordenación del territorio, la ley de Impacto y Ley de Costas pone coto a estos problemas potenciales. La fuente principal de contaminación es los sistemas de alcantarillado de zonas urbanas e industriales, las descargas agrícolas de pesticidas y nutrientes y las distintas emisiones atmosféricas industriales y urbanas. Las descargas operacionales y accidentales desde buque, las propias de las operaciones de carga y descarga en los puertos, las obras de vertido de materiales de dragado. Las actividades destinadas a enfrentar problemas relacionados en particular con ecosistemas frágiles como los manglares, los arrecifes de coral y las algas marinas: - Establecimiento de las siguientes reservas marinas: Tabarca, Columbretes, Alborán, Cabo de Palos, Cabo de Gata, Isla Graciosa y La Restinga. - Instalación de 74 arrecifes en todo el litoral. - La flora marina está protegida por la legislación nacional y europea. Recientemente se han construido algunos arrecifes artificiales con fines de defensa en la costa Española Mediterránea. - No hay arrecifes coralinos ni manglares cerca de la
línea de costa española. AUMENTO DE LA CAPACIDAD, EDUCACIÓN, CAPACITACIÓN Y TOMA DE CONCIENCIA Se han impartido y se están impartiendo cursos sobre los aspectos de gestión de zona costera, a través de autoridades nacionales y regionales y de universidades. Las Autoridades responsables organizan cursos y seminarios de capacitación que incluyen a los diferentes gestores tanto públicos como privados. Las autoridades nacionales y regionales editan
publicaciones y folletos y celebran exposiciones para
fomentar la toma de conciencia sobre cuestiones relacionadas
con el desarrollo sostenible y con los océanos y los
mares. LIMITACIONES En relación con el uso sostenible y conservación de recursos vivos marinos, las principales limitaciones surgen de la necesidad de adaptar la capacidad de las flotas a la disponibilidad real de los recursos pesqueros. Las principales carencias en relación con la calidad del medio marino son: - Necesidad de mejorar las infraestructuras técnicas y administrativas para la vigilancia y evaluación y gestión de la calidad de las aguas marinas. - Obviar las deficiencias de coordinación institucional debido a la atomización y pluralidad de organismos competentes. - Escasez de inventarios y caracterización de las descargas, emisiones y pérdidas puntuales y difusas así como falta de relación y coordinación entre los órganos competentes a diferentes niveles y ámbitos de la administración en ese tema. - Mejora de los sistemas de vigilancia, control y estimación de las cantidades y caracterización de los contaminantes que alcanzan el medio marino de forma directa, a través de los ríos o la atmósfera. - Modernización y dotación de equipamiento de análisis y evaluación del estado de las aguas marinas. - Necesidad de dedicar medios materiales y humanos para la vigilancia eficaz de las zonas marinas sensibles respecto a la contaminación o a la degradación del medio. - Necesidad de fomentar un cambio de mentalidad que
permita contar con un amplio apoyo social (del
público en general, del sector privado, etc.) en la
protección del medio marino. TECNOLOGÍA En lo que se refiere a la creación, transferencia
y utilización de tecnologías, no existen
problemas especiales, salvo las limitaciones
económicas y sociales normales. No obstante, se
está trabajando en este sentido y se ha creado el
Centro de Tecnologías Limpias de Barcelona y dentro
de la Unión Europea el Centro de Sevilla España como país miembro de la Unión
Europea tiene la obligación de aplicar la Directiva
IPPC (Control Integrado de la Contaminación). En el
Convenio de Oslo y París y de Barcelona se adoptan
medidas para la aplicación de las Mejores
Técnicas Disponibles y Las Mejores Practicas
Medioambientales de diversos sectores industriales.
También se adoptan Decisiones (jurídicamente
vinculantes) sobre Valores Límite de Emisión
de esos sectores. INFORMACIÓN a. Ordenación sostenible de los recursos
pesqueros: A nivel nacional, el Instituto Español de
Oceanografía, dependiente del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, es el
órgano de la Administración encargado de la
investigación pesquera, cuyo asesoramiento es
básico para la gestión sostenible de los
recursos A su vez, los científicos y técnicos españoles participan en la mayoría de Comités Científicos, Técnicos y Comisiones Internacionales para la conservación de los recursos vivos marinos, cuyas decisiones y recomendaciones son la base de la Política Pesquera Común de la UE y de la política española en la materia. b. Contaminación marina: El Instituto Español de Oceanografía, el Centro Superior de Investigaciones Científicas, el CIEMAT y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas, las Universidades y los Centros privados de Investigación asesoran a las diferentes Administraciones en la toma de decisiones. c. Recursos minerales: Mapas realizados por la Dirección General de Costas (Ministerio de Medio Ambiente) con las características de sedimentos (arena, grava, etc.) del fondo del mar. El Ministerio de Industria colabora con centros investigadores en la exploración de hidrocarburos. El Instituto Tecnológico y Geominero, del Ministerio de Medio Ambiente también tiene líneas abiertas en este campo. d. Recursos vivos diferentes de los peces: El Instituto Español de Oceanografía desarrolla investigación oceanográfica, tanto a nivel nacional como mediante su participación en los Organismos Internacionales de investigación científica. Las mismas consideraciones del apartado 17 a. son aplicables a este punto. e. Fenómenos críticos imprevisibles (por ejemplo, cambio climático, El Niño, La Niña, aumento del nivel del mar): Las Universidades y el instituto Meteorológico realizan investigaciones para conocer los efectos indeseables de estas perturbaciones. f. Otros: Estudios de Dinámica Costera Hay un excelente sistema de vigilancia para controlar el cumplimiento de la Ley de Costas. Las Comunidades Autónomas son responsables de asegurar el cumplimiento de la normativa sobre contaminación en el marco de sus responsabilidades. La Dirección General de Costas tiene la información y la pone a disposición de los usuarios que la soliciten pero aún no es accesible vía Internet. La Ley de libre acceso a la información medioambiental obliga a hacer llegar la información solicitada y disponible a los usuarios. En España se han desarrollado indicadores
informativos sobre biodiversidad, bosques, suelo y agua, se
van a editar los referentes a atmósfera y residuos, y
están en preparación los referentes a costas,
el medio marino y el medio ambiente urbano. FINANCIACIÓN El sector productivo pesquero español se halla en su totalidad bajo un régimen de explotación privada, siendo por tanto su financiación a cargo del propio sector. No obstante existe un régimen de ayudas públicas que se enmarca dentro de la Política Estructural de la Unión Europea. A este respecto, se señala que la Comisión de la UE está realizando actualmente un estudio sobre "el régimen de ayudas públicas al sector pesquero dentro de la UE", a presentar en el Comité de Pesquerías de la OCDE, en el marco del Programa de Trabajo de Comité para los años 97-99 sobre "El impacto económico de la transición hacia la Pesca Responsable". Las actividades que realiza la Dirección General
de Costas están financiadas por el presupuesto
nacional y, en mucha menor medida, por los presupuestos
regionales y locales. COOPERACIÓN España participa activamente en los siguientes
programas internacionaldes de cooperación
científica: Organización Meteorológica
Mundial (WMO), Organización El principio de precaución es importante en el marco de la política ambiental. España participa en la mayoría de organizaciones internacionales para la gestión y conservación de los recursos marinos de alta mar, ya sea directamente como Parte Contratante o en el seno de la Comunidad Europea que tiene la competencia en materia de gestión y conservación de los recursos pesqueros en alta mar. Así, España es Parte Contractante de la Comisión Internacional para la Conservación de los Recursos Marinos Vivos de la Antártida (CCAMLR), de la Comisión Ballenera Internacional (IWC), es observadora en otras organizaciones como la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) y es Estado Miembro de las Organizaciones de las Naciones Unidas y de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos, que cuentan con un Comité de Pesquerías. Además participa como miembro de la Unión Europea en la Organización de Pesquerías Atlántico Noreste (NEAFC), la organización para la Conservación del salmón del Atlántico Norte (NASCO), etc. Como consecuencia de esta participación, tanto relativas a recursos pesqueros como a otros animales marinos. En el caso de los mamíferos marinos, España se ha distinguido como país líder en la lucha en favor de su conservación, desde que en 1982 votó favorablemente al establecimiento de la moratoria a la cabeza de la ballena en la Comisión Balleneral Internacional. Participación de España en: Tratado Antártico y su Protocolo sobre protección del Medio ambiente Convenio sobre intervención de alta mar en accidentes que causen o pueden causar contaminación por hidrocarburos Convenio sobre responsabilidad civil por daños debidos a la contaminación por hidrocarburos y su Protocolo Convenio sobre constitución de un Fondo Internacional de indemnización de daños por la contaminación por hidrocarburos. Convenio relativo a humedales de importancia internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas Convenio de Oslo y París para la Protección del Medio Ambiente Marino del Atlántico Nororiental. Convenio de Londres sobre la prevención de la contaminación del mar por vertimiento de residuos y otras materias CITES Convenio sobre comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres Convenio sobre prevención de la contaminación originada por buques. Convenio para la protección del Mediterráneo contra la contaminación (1976), enmendado en 1995 Protocolo sobre la prevención de la contaminación del Mar Mediterráneo causada por vertidos desde buques y aeronaves Protocolo sobre cooperación para combatir en situaciones de emergencia la contaminación del Mediterráneo por hidrocarburos y otras sustancias perjudiciales Protocolo sobre protección del Mediterráneo contra la contaminación de origen terrestre Protocolo relativo a zonas especialmente protegidas y la diversidad biológica del Mediterráneo Protocolo para la protección del
Mediterráneo contra la contaminación provocada
por la exploración y explotación de la
plataforma continental y del fondo marino Convención sobre la conservación de las especies migratorias de animales silvestres Protocolo de pequeños cetáceos en el Mediterráneo Convenio relativo a la conservación de la vida silvestre y medio natural de Europa Convención sobre conservación de los recursos vivos marinos del Antártico Convenio de Naciones Unidas sobre Diversidad Biológica Otros acuerdos conexos, en particular de alcance regional y relacionados concretamente con el mar, en los que España es parte: Estrategia OSPAR sobre sustancias peligrosas Estrategia OSPAR sobre eutrofización Estrategia OSPAR sobre sustancias radiactivas Estrategia OSPAR para la protección de los ecosistemas y la diversidad biológica. Programa Estratégico del Convenio de Barcelona
sobre fuentes y actividades terrestres. |
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